top of page
Victor Vásquez

Victor Vásquez / Análisis al PL8924/2024 (5 de 7) 

Ley que promueve la transformación productiva, competitiva y Sostenible del sector agrario hacia la agricultura moderna (“ley z”)[1] 

 

El Agro, necesita una Ley digna para su Desarrollo “no leyes para el mercantilismo, tampoco de socialismo”

 

En las tres (03) últimas décadas, se recuerda que para el Agro fueron decretadas 03 Leyes; la primera, el DL 653 en 1991 fue la “Ley de Promoción de las Inversiones”; la segunda, la “Ley N° 27360, Ley de Promoción al Sector Agrario” promulgada a finales de los 90, conocida también como la ley Chlimper y, la tercera, es la Ley N° 31110 “Ley del Régimen Laboral Agrario y de Incentivos para el sector Agrario y Riego, Agroexportador y Agroindustrial”.

 

Cada una de las leyes antes mencionadas, en sus objetivos, expresan una marcada direccionalidad política y orientación económica afines a la ideología del gobierno de turno. Veámoslo a continuación:

 

-       Ley 653, de una inequívoca orientación promotora para las inversiones sobre la base de un pluralismo económico y una economía social de mercado, cuyos pilares son el respeto del estado de derecho, la seguridad jurídica de la propiedad y de la tenencia de la tierra y, un principio de igualdad para los capitales e inversores. Así mismo era promotora de las inversiones en tierras eriazas y su incorporación a la producción agropecuaria y forestal; promotora para el aprovechamiento de las aguas subterráneas. En su defensa a la producción nacional, fueron establecidos mecanismos de protección como las sobretasas arancelarias, que años más tarde devino en el sistema de Franja de precios; también, promovía el aprovechamiento racional y sostenido de los recursos naturales y la promoción de la transferencia tecnológica por iniciativa privada. En cuanto al régimen laboral estaba sujeta a la legislación sobre la materia, entre otras disposiciones.

 

-       Ley N° 27360 decretada a 8 años después de la Ley 653, explicitaba el interés prioritario de la inversión y desarrollo del sector agrario, centrada mayormente en aspectos tributarios (exoneraciones y rebaja de impuestos y reducción de las aportaciones en materia de salud, etc.). Una primera aproximación podría decirse que esta Ley refleja un sentido marcadamente mercantilista, encubierta en una errática competitividad.

 

-       Ley N° 31110, cuyo objeto es promover y fortalecer el desarrollo del sector agrario y riego, agroexportador y agroindustrial, así como garantizar los derechos laborales de las trabajadoras y los trabajadores reconocidos por la Constitución Política del Perú y los tratados internacionales laborales y de protección de los derechos humanos, y contribuir a la competitividad y desarrollo de las actividades de estos sectores. Su filosofía encubre alta dosis de ideología redistributiva basada en una corriente de falso progresismo que aún envuelven a muchos gobiernos cercanos al nuestro. 

 

Los resultados obtenidos de la aplicación de estas tres leyes en el agro y la economía, reflejan el claro matiz ideológico de los gobiernos; mientras, por un lado, el Perú sigue posicionándose en los mercados globales como un ofertante estratégico de alimentos, generando las divisas necesarias para el desarrollo; en el otro extremo se tiene por resultados nuevas inversiones paralizadas y clarinetes de retroceso en los avances logrados en términos de empleo e ingresos, para cientos de miles de familias asalariadas agrícolas. 

 

En resumen, se puede afirmar que, la ideologización en las políticas públicas para el agro, como las de las dos últimas leyes[2], es mal acompañante para el desarrollo; mientras una alienta vivir o “ganar más” a costa del Estado, la otra trata de obstruir su crecimiento, apostando por un retorno al colectivismo de los años 60 al 80 que marcó la etapa oscura, sinónimo de pobreza, miseria y de falsos propietarios, en el agro.

 

Referenciando las tres últimas leyes decretadas para el agro y desde la perspectiva y realidad de los pequeños productores agrarios se podría afirmar que siguen siendo náufragos en un inmenso mar, cuyo bote en el que se navega desde hace mucho tiempo, hace agua, y es abatido por las inmensas olas del olvido, del desconocimiento, la incertidumbre y, la improvisación de un Estado – Gobierno, que lo único que sabe hacer son Leyes cargadas de lirismo populista y mercantilista, cerrando los ojos para el aprovechamiento de las oportunidades de nuestras ventajas comparativas y así se beneficien a los 2,3 millones de productores y otros agentes comprometidos con este sector. 

 

Entonces ¿acaso no existe una Ley Agraria Faro?, claro que lo existe, pero sin norte para el desarrollo, ni mucho menos nos permite orientarnos para llegar a buen puerto. Porque una ley, requiere en primer lugar conocimiento de la realidad, sobre la que va a impactar su aplicación. La Ley, es un conjunto de medidas coherentes, con objetivos bien definidos, con organismos responsables, con plazos establecidos y respaldo presupuestal para ser llevada a la práctica. Lamentablemente, eso no tenemos y es corroborado cuando se asigna al MIDAGRI en promedio 1,2 % del presupuesto nacional[3].

 

El mejorar las condiciones sociales y económicas de los pequeños productores agrarios y sus familias, no se debe contradecir con el objetivo de conseguir mayor productividad de alimentos de calidad, para ofertar a buen precio, al resto de la población que los demanda a diario. El abastecimiento de la canasta básica familiar, en gran parte depende de la producción de más de dos millones de pequeños productores agrarios. Cuyo estado y condiciones de producción no resultan favorable, porque se arriesga todo, versus la posibilidad de lograr al final de la cosecha, algo de ganancia o nada.

 

La política de “Seguridad Alimentaria”, no está, ni debería estar divorciada de una “Ley de Desarrollo Agrario”, por el contrario, y, siendo realista permite que la población cuente con alimentos en cantidad, calidad y en oportunidad. Pero a partir de Juan Velazco, un buen sector de los peruanos identifica a la Ley de Reforma Agraria, como un tema que centra el ataque en la propiedad de la tierra, olvidando que el colectivismo, implantado por esta Ley, en la propiedad de la tierra terminó demostrando que no habrá desarrollo sin libertad. Es la génesis del minifundio, del atraso tecnológico, de la descapitalización y de la pobreza, situaciones que ven agudizarse por la presencia y acción ineficiente de un Estado – gobierno[4].

 


[1] Es una iniciativa resultante de sesiones descentralizadas desarrolladas por la Comisión Agraria del Congreso de la República bajo la presidencia de la Congresista Cruz María Zeta Chunga, de Fuerza Popular. Se estima en total 40 horas de “asambleas”.

[2] la agricultura permanente, que está posicionando al Perú en el mundo, es de mediano a largo plazo en consecuencia sus bases fueron sobre la Ley 653.

[3] es aún más dramático cuando se sabe que el 25 % solo es para inversiones y de ello casi siempre son devueltos entre 20 – 30 % por no ejecución. Los gastos corrientes bordean 65 – 70 % (planillas y consultorías).

[4] las brechas en el agro son alarmantes; así sólo para el 12 % de la superficie cultivada se utiliza semilla certificada; el 4 % de los productores recibieron asistencia técnica pública; en la sierra el 65 % de las siembras son en secano; el 25 – 30 % de la superficie cultivada de la costa entra en descanso por falta de agua; 85 % de los productores venden en chacra y a intermediarios; 5 % de los productores son sujetos de financiamiento público; 80 % de la propiedad titulada está sin registrarse formalmente; 250 mil productores son discapacitados y se necesitan 8,500 millones de dólares para cerrar la brecha de infraestructura hidráulica, entre otros indicadores. Víctor Vásquez V. El Agro: conocerlo para Gestionarlo (2024). Defensoría Productor.

4 visualizaciones0 comentarios

Entradas recientes

Ver todo

Comments


bottom of page