¿Cuál es la responsabilidad de la MML frente a la actividad física y deportiva?
El artículo 157 de la Ley Orgánica de las Municipalidades dispone que la MML debe aprobar los planes y programas metropolitanos en materia de recreación y deportes. Y, el artículo 159, establece como función exclusiva del Alcalde de Lima promover la “práctica masiva de los deportes y la recreación” en toda lima metropolitana. Además, el artículo 161 le asigna como obligación crear un “sistema de promoción del deporte comunal y distrital”.
A pesar de la claridad, y contundencia, de tales disposiciones; hasta ahora ningún Alcalde de Lima asumió y ejecutó estas responsabilidades.
En ese sentido, no se ha aprobado, propuesto, y menos ejecutado, una Política Metropolitana Deportiva y Recreativa. A fines de 2002, el Alcalde Andrade antes de irse, aprobó la Ordenanza 463-MML creando el “Sistema Metropolitano de Deporte y Recreación Municipal”, el cual nunca llegó a operar por responsabilidad de sus sucesores. Recientemente, la gestión del Alcalde Muñoz, ha derogado dicha Ordenanza, aprobando otra (la N° 2274), a través de la cual busca crear “equipos comunales” en Lima Metropolitana que coordinen directamente con la MML el uso de infraestructuras deportivas, dejando de lado la articulación con las Municipalidades Distritales y el propio IPD. Nuevamente, no llega a entenderse la necesidad de construir un “Sistema Metropolitano Deportivo”, donde interactúen un conjunto de actores, en procura de determinadas metas.
En general, hay una carencia de políticas metropolitanas en la ciudad. Señor Acalde Muñoz, preste atención a la promoción de la actividad física y deportiva. Quizás encuentre ahí un modelo para replicar otras políticas metropolitanas a favor de la ciudad, dejando un legado de gestión para sus sucesores.
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