top of page

Miguel Dávila / Sierra y Selva EX portadora

  • Foto del escritor: Miguel Dávila Gagliardo
    Miguel Dávila Gagliardo
  • 17 sept 2023
  • 7 Min. de lectura

El pasado 14 de setiembre del 2023, se publicó en el Diario El Peruano la Ley N° 31872, emitida por insistencia por el Congreso de la República, cuya denominación es: “LEY QUE MODIFICA LA LEY 28890, LEY QUE CREA SIERRA Y SELVA EXPORTADORA, CON LA FINALIDAD DE MODIFICAR SUS COMPETENCIAS, ESTRUCTURA, ÁMBITO DE INTERVENCIÓN Y DENOMINACIÓN A AGROMERCADO”


Este es el final de un largo camino de discusiones sobre el “¿qué hacer?” con el programa Sierra y Selva Exportadora, que inició el 2015, con su adscripción al MIDAGRI, donde fue enviada desde la PCM, sector que la albergó desde su fundación en 2006.


Desde el 2015, se le fue cortando las alas, primero acotando sus competencias sectoriales, luego permutando sus objetivos de articulador internacional a otro de promotor de oferta regional, sin claros fines exportables, aunque su nombre aún lo conservaba. Era claro para el 2017 que, con ese nuevo rol, estaba duplicando objetivos con sus hermanos sectoriales, Agroideas y Agrorural, lo que inició una serie de desaciertos sobre la idoneidad de fusionarla con alguno de ellos, o a todos en uno.



Haciendo un poco de historia:

Mediante Ley N°28890 modificada con Ley N°30495, se creó el Organismo Público denominado Sierra y Selva Exportadora, con personería jurídica de derecho público, con autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera; constituyendo un Pliego Presupuestal dependiente de PCM, que tenía entre sus objetivos la creación de condiciones y mecanismos que permitan diversificar las actividades productivas de la economía de la zona rural andina y amazónica; entendiéndose como “diversificación”: “el desarrollo prioritario de una agricultura, agroindustria, ganadería, acuicultura, artesanía, textilería, joyería, reforestación, agroforestería y turismo andino, que generen productos con valor agregado para el mercado interno como para el de exportación”; así como el incremento del valor comercial de los productos de las zonas rurales andinas, con énfasis en los mercados de exportación;


Sierra y Selva Exportadora fue creada por la PCM y adscrita a este sector de actividad y competencia multisectorial, por ello desde su formación el 2006 hasta su adscripción en MIDAGRI el 2015, pudo desarrollar estas actividades de articulación de comercio exterior y turismo sin limitación, y como sector articulador de las acciones de los otros sectores, contó con la colaboración de estos, lo que sembró las bases para el desarrollo comercial de productos, que hoy nos colocan entre los primeros países exportadores, atractivos y destinos mundiales (exportadores mundiales de arándanos, patas, granos andinos, frutas, entre otras como el desarrollo de las artesanías y turismo rural).


No obstante, mediante Decreto Supremo 004-2015-MINAGRI, se aprobó su adscripción, lo que causó una primera limitación en sus funciones y una pérdida de acciones relacionadas al desarrollo de la acuicultura, artesanía, textilería, joyería, y turismo en el territorio nacional, que se venía propiciando con cierto éxito. Luego de esta primera adscripción, no quedó ninguna otra institución que “heredara” esa función de articulación de mercado para estas actividades; reitero “articulación”, pues programas que propenden la producción de bienes y servicios en esta línea si existen, pero no apuntan claramente a mercados.


Cabe señalar que, mediante Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, se declaró al Estado peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestión pública, teniendo como finalidad fundamental la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal; prevaleciendo, entre otros, el principio de especialidad, como criterio para el diseño de la estructura orgánica de una entidad de la Administración Pública.


Como se puede leer, el camino para la eficiencia y modernización del Estado es la “especialización” de las entidades, característica que ya tenía Sierra y Selva Exportadora en la PCM; siendo así, las decisiones que se empezaron a tomar desde el 2015, fueron claramente en contra de lo normado en la Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, verificándose que, con estas limitaciones en sus objetivos, se fue recortando también su especialización, colisionando con los fines de otras entidades dentro y fuera de su propio sector (Dirección de Articulación de Mercados, perteneciente a la Dirección General de Desarrollo Empresarial del Ministerio de la Producción, Agrorural, Agroideas, entre otros).


En seguimiento a la norma de adscripción de Sierra y Selva Exportadora al MIDAGRI, y restringiéndose aún más sus objetivos a las competencias de su nuevo sector, por Resolución de Presidencia Ejecutiva de Sierra y Selva Exportadora N°040-2018-PE/SSE del 25 de abril de 2018, se limitaron sus acciones al ámbito agropecuario, dejando de lado aquellos destinados al desarrollo de la acuicultura, artesanía, textilería, joyería, y turismo, por no corresponder a las competencias del sector.


Es claro, que las funciones y objetivos de creación, vinculados directamente a actividades de articulación comercial de oferta de bienes y servicios exportables de la Sierra y Selva, no fueron recortados por ineficiencias institucionales, sino solamente porque excedieron las competencias del MIDAGRI, dado que este último solamente tiene rectoría sobre actividades agropecuarias y forestales. Es decir, lo que hemos logrado es como limitar a un cirujano especialista a hacer suturas en una posta médica.



Qué novedades trae la Ley N° 31872:

Básicamente la reciente publicada Ley, en su artículo 1, deroga los artículos 8, 9, 10, 11 y 12, y de la disposición complementaria final octava de la Ley 28890, Ley que Crea Sierra y Selva Exportadora; artículos que normaban hasta la fecha la estructura funcional articuladora de la fenecida institución.


A través del artículo 2, se modifican los títulos y artículos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 y numeración del artículo 13, y disposiciones complementarias finales 1 a 7 de la Ley 28890, Ley que Crea Sierra y Selva Exportadora, donde se le da su nuevo nombre “AGROMERCADO”, y sus nuevas funciones. Estas funciones limitativas en relación a las anteriores, están orientadas a promover y desarrollar, planes de negocios, proyectos productivos y de infraestructura rural de menor escala, sanidad agropecuaria, programas de capacitación para el trabajo, asociatividad, adopción de nuevas tecnologías; y ejecutar actividades y promover proyectos de inversión pública vinculados a la promoción de negocios rurales destinados a provisionar mercados locales, regionales, demanda de productos alimenticios de programas sociales y en menor medida agroexportables.


Lo que salta a la vista, aunque disimulado bajo el título de “DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES”, se norma:


- Que cualquier entidad de la administración pública que adquiera alimentos, está obligada a adquirir no menos del 30% de alimentos provenientes de la agricultura familiar, con la finalidad de expandir la oferta agraria.

- Promover la adquisición de productos por parte de las entidades de la administración pública, que sean elaborados sobre la base de fibra de alpaca y lana de ovinos, así como de productos forestales maderables.

- Implementar el aseguramiento de la inocuidad de los productos agrarios frescos y elaborados, y aprobar las normas promocionales que permitan garantizar la calidad acorde a las características de los productores agrarios.

- Autorizar al Midagri a brindar el servicio de transporte o su financiamiento (flete), contratándolos sin que sean alcanzados por la prohibición de fraccionamiento de la Ley de Contrataciones del Estado, en favor de los productores de la agricultura familiar, ante una eventual situación de emergencia o desabastecimiento inminente de productos agrarios, semillas, fertilizantes y otros vinculados.

- Se determina que el personal de Agromercado se sujeta al régimen laboral de la actividad privada hasta que se implemente el Servicio Civil, destinando hasta el 40% de su presupuesto para estos fines.


Cabe señalar que, MIDAGRI ya desarrolla esas actividades a través de otras instituciones a su cargo, tales como AGRORURAL, AGROIDEAS, INIA, SENASA y SERFOR, situación por la que el rol del renombrado “AGROMERCADO”, sin necesidad de presupuesto adicional ni exoneraciones de contratación. Se duplican competencias en temas de sanidad, agropecuarios y forestales; siendo una quimera la articulación interinstitucional dentro y fuera del sector, cuyas intervenciones tradicionalmente no han mostrado coordinación en años anteriores.



Logros en comercio exterior de Sierra y Selva Exportadora:

En noviembre 2021 se cumplieron 10 años en que, desde Sierra Exportadora se impulsó el cultivo de los berries en las zonas rurales peruanas y otros cultivos, entre los cuales el arándano, aguaymanto, paltas, granos andinos, artesanías entre otros, fueron los que tuvieron una promoción más decidida y que generaron un éxito incontrastable en la región Latinoamericana.


En noviembre de 2011, con una inversión de 193 mil soles, Sierra y Selva Exportadora lanzó “Perú Berries”, un programa de internacionalización de estos frutos, luego de su adaptación a la realidad climática y suelo peruano con la participación del MIDAGRI. Se trató de un proceso de tecnificación e implementación de cultivos cuyo objetivo principal fue la introducción del arándano en la industria agroexportadora peruana, debido a que antes de generar la oferta exportable, se había identificado una clara brecha de oferta de este producto a nivel mundial y una clara oportunidad para que el Perú la atienda.


Sierra y Selva Exportadora apostó por ello. Según palabras de su Presidente Ejecutivo en esas fechas: “El Perú ingresará de esta manera a este competitivo mercado agroexportador justo en el periodo anual en que el hemisferio norte no produce esos cultivos, con ello se espera tomar ventaja de esa ventana de oportunidad”, no fue premonición, fue ciencia, investigación y lógica de mercado, la real articulación que se necesita.


Desde allí se aprovechó de muy buena manera la ventana comercial, actualmente su producción y oferta se ha extendido por el calendario anual del arándano en los mercados del mundo, siendo Perú el primer exportador mundial, y todo se debe a la presencia de una organización (Sierra y Selva Exportadora) creada para identificar mercados internacionales, y tomar acciones directas y precisas para desarrollar la oferta exportable: demanda que jala oferta y no al contrario como se propone en la nueva Ley.


La nueva Ley es el resultado de un problema de conceptualización; una entidad ARTICULADORA de oferta exportable (en sus inicios no solamente era agropecuaria, también era artesanía y turismo), debe depender de un sector ARTICULADOR (Como PCM, MINCETUR, PRODUCE) y no de un sector de fomento de proyectos de DESARROLLO PRODUCTIVO como el rol reducido que le toca hacer actualmente desde el MIDAGRI, si seguimos pensando en oferta y no en demanda, el nombre de Agromercado quedará muy grande.



Comments


bottom of page