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Miguel Dávila / El SIAF y el caso de Essalud (1 de 4)


I. INTRODUCCIÓN

El SIAF es un sistema que permite el control del gasto de las Unidades Ejecutoras del sector público, por medio del registro de cuatro fases: certificación, compromiso, devengado, y girado. Estas coinciden con otros sistemas como los de adquisiciones y contrataciones del Estado, siendo que el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) exige el registro en la fase de certificación previo a la publicación del requerimiento en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado (SEACE), y luego de formalizada la contratación, se debe comprometer los recursos, garantizándose con ello la oportunidad de pago a los proveedores.


Pero no todas las instituciones están incluidas en el SIAF, entre ellas las empresas públicas que forman parte del FONAFE, como ESSALUD. Las empresas tienen estructuras presupuestales y financieras diferentes, pero eso no debe ser excusa para que no cuenten con una cultura institucional sana de control de seguimiento de la ejecución del gasto, más aún, si cuenta con los sistemas para poder llevarlo a cabo, con la debida adaptación, que les permita: i) obtener una base de datos con información oportuna, confiable y con cobertura adecuada; ii) proporcionar a los órganos rectores información oportuna y consistente; iii) realizar un seguimiento de la ejecución presupuestaria en sus diferentes fases; iv) contar con una visión global y permanente de la disponibilidad de los recursos financieros del Estado en su conjunto; v) contar con una mejor asignación de recursos y toma de decisiones; y sobre todo: cumplir adecuadamente con el pago oportuno a sus proveedores.


II. EL SIAF Y SUS BENEFICIOS DE CONTROL

El Sistema Integrado de Administración Financiera de Recursos Públicos, llamado comúnmente SIAF o SIAF-RP, permite el registro de uso de los recursos públicos de toda fuente. Entre las principales fuentes de recursos se encuentran: recursos ordinarios (RO), los que son asignados por el tesoro ante las necesidades de las unidades ejecutoras; recursos determinados (RD), aquellos que provienen por asignaciones de Ley o dispositivos legales ad hoc, tales como canon, recursos provistos por decretos de urgencia, entre otros; recursos directamente recaudados (RDR), los que provienen de tarifas, tasas, multas, servicios, entre otros provistos por la propia unidad ejecutora; y recursos de operaciones oficiales de crédito (ROOC), todos aquellos que provienen de entidades financieras internacionales, como el BID, Banco Mundial, GIZ, entre otros. El SIAF permite conocer, casi en tiempo real, dónde se encuentran asignados los recursos y el estado de uso de los mismos.


El principal beneficio del SIAF es, sin lugar a dudas, la información disponible y oportuna, lo que permite tomar decisiones de uso de recursos de forma confiable, tanto para los operarios del sistema como para los usuarios del mismo. Los datos registrados en el SIAF se reflejan diariamente en el propio sistema y son transferidos al Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) para su control. El MEF publica diariamente el estado del SIAF a través de su aplicativo informático “Consulta Amigable”, donde cualquier ciudadano peruano puede acceder y verificar, el presupuesto asignado a cada unidad ejecutora, la fuente de dichos recursos, el estado o fase de gasto en que se encuentran dichos recursos y a qué proyecto o programa presupuestal están asignados. Esto suma indefectiblemente a la transparencia del gasto de los recursos públicos dirigidos a resultados específicos.


El diseño del SIAF responde a las necesidades de la gestión financiera entre el tesoro público que controla la provisión de los recursos, y las unidades ejecutoras (UE) que son las que realizan el gasto. Son estas últimas, las obligadas a realizar el registro administrativo de las fases de gasto en el sistema, lo que es de suma importancia para el control del uso oportuno de los recursos, dado que no es lo mismo gastar a inicios de año, que al final de año, dado que la ejecución se realiza dentro de un año fiscal, los recursos relacionados a un gasto, se deben ejecutar dentro de ese período. La información oportuna referida al uso de los recursos durante el período permite a los tomadores de decisiones reorientar los recursos a otras necesidades, reprogramar gastos o simplemente decidir no hacerlos.


Las fases del registro administrativo del SIAF son certificación, compromiso, devengado y girado, lo que detallamos a continuación:


Certificación es la respuesta a la existencia de una necesidad institucional. El requerimiento de un bien o servicio y su registro es necesario, pues sin los recursos disponibles no se podría lanzar una convocatoria, dado que se estaría jugando con las expectativas de los postores que se presentan, teniendo en cuenta que la convocatoria cuenta con los recursos disponibles para honrar sus pagos. Cabe señalar que el OSCE exige el registro en la fase de certficación previo a la publicación del requerimiento en el SEACE, lo que abona en la línea de lo explicado. Este registro, por lo general, es responsabilidad del área de presupuesto de la ejecutora e implica la identificación y uso de un clasificador de gasto a nivel de específica, una fuente de financiamiento y la meta correspondiente asociada a ese gasto y al “techo” presupuestal disponible y aprobado para cada específica.


Compromiso es el registro que ya se cuenta con una obligación institucional para honrar un pago; es la respuesta inmediata a la suscripción de una orden de compra, orden de servicio, contrato de bienes y/o servicios, entre otros documentos que expresen la obligación legal de la institución. Su registro es obligatorio apenas existe la obligación y las diversas direcciones generales del MEF se basan en este indicador para poder verificar el sano avance del gasto y si es posible que este se realice durante el ejercicio anual en curso. Este registro, por lo general es responsabilidad del área de administración de una ejecutora.


Devengado es el registro de la programación de un gasto, por lo general, respuesta inmediata a la conformidad de un servicio o parte del servicio realizado, o la conformidad de entrega de un bien adquirido. El principio de devengo es una norma contable que establece que las transacciones o hechos económicos se registraron en el momento en que ocurren, con independencia de la fecha de su pago o de su cobro. El MEF utiliza este registro para medir el nivel de ejecución anual de una ejecutora; por tanto, cuando se indica que una institución tiene baja o alta ejecución, el devengado es el indicador que se está utilizando para dicha opinión, de allí su importancia para medir la performance de la gestión institucional. Este registro, por lo general, es responsabilidad del área de contabilidad de la ejecutora.


Girado es la última fase del registro y corresponde a la verificación de los comprobantes de pago y la forma en que se va a pagar hasta la ejecución del pago, concluyendo de esta manera el proceso, con la extinción del gasto programado en la fase de devengado. Este registro, por lo general es responsabilidad del área de tesorería de la ejecutora.


El SIAF inició su implementación entre 1997-1998, en todas las unidades ejecutoras del gobierno central y regiones, realizando programas de entrenamiento, difusión y pruebas. Su utilización ha sido fundamental sobre el nivel de credibilidad de los usuarios en el sistema. Desde 1998, el SIAF cuenta con un registro automatizado paralelo, utilizando los equipos y sistemas entregados, lográndose el registro y transmisión de más de un millón de operaciones por un valor cercano al 50% del total del presupuesto anual de ese ejercicio, demostrándose que era posible tener un sistema como este, donde las unidades ejecutoras registran en el SIAF sus operaciones de gastos e ingresos, información que luego es transmitida al MEF para su verificación y aprobación.


Sus principales beneficios reconocidos son:


• Mejora en la gestión financiera del tesoro público.

• Base de datos con información oportuna, confiable y con cobertura adecuada.

• Monitoreo por los sectores y pliegos de la ejecución del presupuesto.

• Proporciona a los órganos rectores información oportuna y consistente.

• Permite obtener reportes consistentes de estados presupuestales, financieros y contables.

• Permite un seguimiento de la ejecución presupuestaria en sus diferentes fases.

• Proporciona una visión global y permanente de la disponibilidad de los recursos financieros del estado en su conjunto.

• Pone a disposición información para la elaboración de la Cuenta General de la República.

• Permite obtener reportes de confrontación de operaciones autodeclaradas (COA) para SUNAT.

• Pone a disposición de la Contraloría General de la República, información de detalle, reduciendo los requerimientos de reportes y mejorando la capacidad de Control en oportunidad, cobertura y selectividad.

• Contribuye a una mejor asignación de recursos y toma de decisiones.


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