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Miguel Dávila / El camino largo y el camino corto


La Inversión Pública, se realiza mayormente mediante Proyectos de Inversión Pública (PI), existen también otras metodologías NO PIP, por las que se puede canalizar el gasto de gobierno, pero todo depende de las necesidades, dimensionamiento, tipo de intervención, para decidir entre unas u otras. En esta decisión también puede contar, el atraso en los niveles de ejecución de inversiones.


Hasta noviembre del 2016 existió el Sistema Nacional de Inversión Pública, también llamado “SNIP”, tuvo una vida de 17 años, y el 2016 ya se contaba con mucha experiencia y capacidades que lo movían con cierta rapidez.


Desde noviembre de 2016 entró en vigencia el INVIERTE.PE, que suena a un reclamo criollo, que pide la pronta inversión: “invierte pe!, ¿qué esperas?”. Este sistema, entró en vigencia ese mismo año, pero los formatos y directivas adecuadas, fueron demorando su salida hasta bien entrado el 2018. La principal virtud de este sistema: el cierre de brechas, se ha convertido en su mayor debilidad, pues en muchos casos (NACIONALES Y REGIONALES) aún no se tienen claras dichas brechas.


El filtro de programación del INVIERTE.PE es su pieza fundamental, representada en los PMI (Plan multianual de inversión), han devenido en ser el principal escollo para acelerar la inversión desde los Gobiernos Subnacionales. Dado que los PMI se tienen que programar un año antes, las autoridades subnacionales (cerca de 1800 alcaldes y gobernadores), suelen preferir dejar de lado el PMI de las autoridades salientes, y hacer el suyo propio (es la “lógica” típica en administración pública, casi nadie quiere continuar lo que propuso el otro, es parte de nuestra idiosincrasia). Por tanto, es una tautología que bajo el sistema del PMI, el primer año de gobierno nacional o subnacional (como este año), se realice baja o nula inversión. Una vez programados los PMI, se puede iniciar al fin, el proceso de preinversión (generar los proyectos), para luego entrar al proceso de inversión perse, que inicia en los expedientes técnico, continua con las licitaciones y contrata de la ejecución de obras y la entrega formal del servicio a la sociedad; una explicación más de porqué la ejecución de proyectos es muy baja.


¡La nota feliz es que no todo está perdido!, existen otras vías, caminos cortos disponibles para ejecutar proyectos, los llamados NO PIP, de los que por su facilidad de uso e implementación debo destacar: i) Los IOARRS; ii) Los PROCOMPITE, y iii) El Artículo 16 “o)” de la Ley de Presupuesto Público 2023.


Mediante las inversiones de optimización, de ampliación marginal, de reposición y de rehabilitación (IOARR), todas las instituciones públicas, entre ellas los Gobiernos Subnacionales, pueden comprar equipos, maquinarias, pequeñas infraestructuras, entre otros, relacionados a PIs en ejecución o terminados, ampliando u optimizando la intervención, o inclusive equipos de necesidad estratégica (no sujetos a ningún PI) que hayan cumplido su vida útil; de allí que su nombre incluya las palabras: optimización, ampliación, reposición y rehabilitación. La ejecución por medio de IOARR se puede realizar en tiempo record, por ejemplo, en 3 meses.


Por su parte, los PROCOMPITE, herramienta creada en el marco de La “Ley que establece Disposiciones para apoyar la Competitividad Productiva” (Ley N° 29337), son otra alternativa NO PIP, para ejecutar inversión pública; en este caso destinados a inversión productiva en ámbitos donde la inversión privada sea escasa o nula. Esta herramienta sólo es para el uso exclusivo de los Gobiernos Subnacionales (regionales, provinciales y distritales). Desde este año los Gobiernos Regionales, están obligados a destinar no menos del 5% y hasta un 15% de sus recursos presupuestados para inversión en PROCOMPITE del ejercicio (Vía acuerdo de consejo), dirigidos hacia la implementación de un fondo concursable de planes de negocio, para el desarrollo de proyectos productivos por parte de la comunidad. Una implementación de este tipo, desde la idea hasta su llegada al campo, implica un mínimo de 5 meses.


El Artículo 16 o) de la Ley de PPTO 2023, permite a los Gobiernos Subnacionales, a realizar transferencias financieras al Ministerio de Agricultura, para atender planes de negocio en el marco de los fondos concursables promovidos por AGROIDEAS, programa que fue revitalizado por el Congreso, con carácter de permanente. En el marco de esta norma, los Gobiernos Subnacionales pueden transferir sus recursos al MIDAGRI (Vía acuerdo de consejo), para que, AGROIDEAS pueda financiar planes de negocio en sus zonas de influencia. Estas intervenciones facilitan la mayor ejecución y llegada directa al campo, en un plazo no mayor a los 6 meses desde su lanzamiento.


Tal como vemos, estas tres herramientas son un muy buen vehículo para facilitar y acelerar la inversión, los pasos iniciales pasan solamente por la voluntad política de las autoridades institucionales: Ministros, Viceministros, Directores y Jefes en el caso del Gobierno Nacional, y de Gobernadores, Alcaldes y sus respectivos Consejos, en el caso de los Gobiernos Subnacionales. Por tanto, señores, no hay excusa para no incrementar la inversión, sólo es cuestión de decisión, el marco legal que ampara vuestra firma ya existe.


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