II. El destrabe y el control concurrente
El 01 de noviembre de 2019 entró en vigencia el Decreto de Urgencia N° 008-2019, Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias para la reactivación de obras públicas paralizadas a nivel nacional. Este dispositivo dispone:
Impulsar la reactivación de las obras públicas paralizadas que sean priorizadas por las entidades de los tres niveles de Gobierno, garantizando su continuidad, culminación y/o puesta en funcionamiento. De este modo, no solo se mejorará el servicio público hacia los ciudadanos, sino que la inversión pública generará empleo. Esta reactivación se aplica a las obras públicas paralizadas que:
a) Hayan sido contratadas bajo el ámbito de aplicación de la Ley de Contrataciones del Estado.
b) Presenten un avance físico igual o mayor al 50% al 31 de octubre de 2019.
c) Provengan de un contrato vigente sin reportar ejecución física por tres (03) meses o más o, que provengan de un contrato declarado resuelto o nulo.
En el marco de lo dispuesto en el artículo 10 del DU, se encuentra a disposición de las entidades sujetas al Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones el "Instructivo para el registro en la fase de Ejecución de los proyectos de inversión que se reactiven en el marco del Decreto de Urgencia N° 008-2019", el cual contiene los procedimientos para que dichas entidades realicen los registros en la fase de Ejecución de los proyectos de inversión que se reactiven en aplicación del referido. La Unidad Ejecutora de Inversiones (UEI), en el marco del DU, debió registrar en el Banco de Inversiones la resolución que aprueba la lista priorizada de obras públicas paralizadas y la información del avance de su ejecución hasta el 30 de abril 2020.
El Decreto de Urgencia N° 008-2019 generó el marco legal con medidas extraordinarias para la reactivación (coloquialmente llamada “destrabe”) de proyectos de inversión pública en el país. La CGR explica que en el seguimiento que vienen realizando, han encontrado que existen 359 obras cuyo destrabe es posible en el marco del DU; sin embargo, hasta la fecha las autoridades a cargo de las mismas, solamente han emitido resolución de priorización para 162 obras y se han reactivado 101. Aún existen 18 regiones donde continúan obras pendientes de destrabe, donde el ranking de mayor cantidad obras paralizadas están: La Libertad (8), Cajamarca (7), Ayacucho (7), Huancavelica (6), Huánuco (4) y San Martín (4).
Como todo en la vida, mejor es buscar medidas que prevengan la paralización, que resuelvan los problemas antes que las obras caigan en paralización, antes de pensar en medidas posteriores que implican el destrabe, y un duro camino para que este se lleve a cabo. Esa es la tarea del llamado control concurrente cuya definición por parte de la CGR, en su libro “EL CONTROL CONCURRENTE: Estimando cuantitativamente sus beneficios” indica a la letra, lo siguiente:
“la modalidad de control simultáneo que se realiza a modo de acompañamiento sistemático, multidisciplinario, y tiene por finalidad realizar la evaluación, a través de la aplicación de diversas técnicas, de un conjunto de hitos de control pertenecientes a un proceso en curso, de forma ordenada, sucesiva e interconectada, en el momento de su ejecución, con el propósito de verificar si estos se realizan conforme a la normativa vigente, las disposiciones internas, estipulaciones contractuales u otras análogas que les resultan aplicables, e identificar de ser el caso, la existencia de situaciones adversas que afecten o puedan afectar la continuidad, el resultado o el logro de los objetivos del proceso, y comunicarlas oportunamente a la entidad o dependencia a cargo del mismo, a efecto que se adopten las acciones preventivas o correctivas que correspondan”
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