Las condiciones naturales de la región amazónica del Perú hacen de la navegación fluvial el principal medio de transporte. Las dificultades técnicas, ambientales y económicas limitan el desarrollo de otros medios de transporte.
La ‘Hidrovía Amazónica' forma parte del proyecto Integración de la Infraestructura Regional Sudamericana (IIRSA), iniciativa creada en el año 2000 orientada a mejorar la infraestructura de América Latina con proyectos vinculados al sector del transporte, energía y telecomunicaciones
El objetivo del proyecto de la Hidrovía Amazónica, es el de mejorar la conexión de la selva peruana con el resto del país a través de la creación un sistema fluvial de 2687 kilómetros de los principales ríos de la Amazonía (Marañón, Huallaga, Ucayali y Amazonas) que permita desarrollar y mantener la navegación en condiciones seguras, confiables, económicas, y eficiente durante todo el año, para coadyuvar al desarrollo del transporte de carga y pasajeros, al comercio regional, nacional e internacional, así como la reducción de tiempos y costos.
Dicho proyecto fue concesionado en 2017 al consorcio Cohidro S.A. (integrado por la firma peruana Construcción y Administración S.A. (CASA) y la china Sinohydro Corporation) por un período de veinte años, con una inversión inicial de 95 millones de dólares, que comprende obras de profundización (dragado) en 13 zonas que presentan problemas para la navegación (malos pasos), ubicados cerca de Yurimaguas, Saramiriza, Contamana y Requena, así como en la zona de acceso al puerto de Iquitos. Asimismo, comprende la limpieza de troncos presentes en el canal de navegación e instalación de equipos que miden los niveles de agua de los ríos.
No obstante, el tiempo transcurrido la ejecución de este proyecto está paralizada como consecuencia de acciones administrativas y judiciales promovidas por algunas comunidades amazónicas ribereñas que a instancia de organizaciones ambientales no gubernamentales peruanas e internacionales sostienen que la Hidrovía Amazónica conlleva impactos negativos ambientales y para el hábitat y vida de las comunidades amazónicas ribereñas.
Se sostiene que la Hidrovía modifica y altera el hábitat y dinámica de los ríos amazónicos, porque el dragado incrementa su turbidez, con posibles consecuencias para la pesca, que -según destacan - es una actividad estratégica para la supervivencia de sus pobladores y que la consulta previa realizada en el 2015 se enfocó solo como parte de un trámite administrativo a cumplirse sin tener en consideración los derechos a salud, territorio o medio ambiente sano para el poblador ribereño amazónico.
El 19 de junio de 2024 la Sala Civil de la Corte de Loreto falló a favor de la demanda presentada en 2018 por la Federación de Mujeres Indígenas Kukama Huaynakana Kamatahuara Kana, contra el Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles (Senace) que argumentó que el proyecto de Hidrovía Amazónica vulneraba el Convenio 169 de la OIT, que protege los derechos de los pueblos indígenas a ser consultados y a participar en decisiones que afectan su vida, territorio y recursos.
La Sala Civil de dicha Corte ha ordenado en su resolución que para retomarse la ejecución de la Hidrovía Amazónica es obligatorio que el Servicio Nacional de Certificación Ambiental para la Inversiones -SENACE aplique “en el caso del Estudio de Impacto Ambiental (…) los estándares internacionales en materia de elaboración del Estudio de Impacto Ambiental (EIA) reconocidos en el artículo 7.3 del Convenio 169 de la OIT y la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH)”
Del estado situacional se deduce que el proyecto de Hidrovía Amazónica no podrá ejecutarse en el corto plazo ya sea por la apelación a la resolución de la Sala Civil o se bien por la realización de un nuevo estudio de impacto ambiental que atienda los requerimientos de las comunidades indígenas ribereñas.
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