Katherine Gómez, de 18 años, fue rociada con gasolina y quemada en plena vía pública, por un individuo que se resistía que ella terminara con su relación. La víctima falleció a la semana. Sujetos incrustaron clavos a una niña por resistirse a ser violada, y la han dejado en estado grave. Un salvaje agosta a una anciana. Dos individuos quemaron y asesinaron a un policía. Según la Defensoría del Pueblo, en enero y febrero de este año se han producido 1,704 violaciones (65% de menores). Hace seis años un desnaturalizado violó a su bebé de dos meses. Esto no acaba. Fui opuesto a la pena de muerte, pero estas acciones me hacen pensar es hora de dar marcha atrás, e implementarla. Hay personas cuya rehabilitación es imposible, y sus crímenes bestiales, de tal magnitud, que reflejan un interior satánico.
El terrorismo de Sendero Luminoso, que ocasionó miles de muertes y pérdidas en infraestructura, asoma nuevamente, y se demuestran las conexiones entre senderistas con instigadores de las recientes manifestaciones, algunos extranjeros, y azuzados por presidentes de países que no destacan por su respeto a los derechos humanos, que hoy se utilizan como plataforma para proteger partidarios por más graves sean sus ofensas.
Según Amnistía Internacional – seriamente cuestionada por su parcialidad: en 2010 denunciada por sus vínculos con un partidario del Talibán, y actualmente por su complacencia con regímenes de izquierda y autoritarios - en 2021 se registraron 579 ejecuciones en 18 países, incremento de 20% respecto a 2020, y aunque “más de dos tercios de los países del mundo habían abolido la pena de muerte en su legislación o en la práctica, en 55 países aún se conserva”, entre ellos Estados Unidos, Japón, China, Taiwán, Arabia Saudí, Corea del Norte, Cuba, Singapur, Siria, entre otros; naciones con gobiernos demócratas y autoritarios, de ‘derecha’ e ‘izquierda’, para no sostener es propia de un régimen específico.
La Constitución del Perú – que ha permitido reducir la pobreza y a decir de numerosos expertos es una de las mejores del planeta – establece la pena de muerte. El artículo 140 dice: “La pena de muerte sólo puede aplicarse por el delito de traición a la Patria en caso de guerra, y el de terrorismo, conforme a las leyes y a los tratados de los que el Perú es parte obligada” (letra muerta salvo que las acciones terroristas como los recientes incendios de comisarías y juzgados sean consideradas como tales, y el enfrentamiento contra estos saboteadores, un conflicto como sus propias organizaciones lo consideran); adicionalmente, en sus primeros artículos destaca la “defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad como fin supremo de la sociedad y el Estado, así como el derecho a la vida, identidad, integridad moral, física y psíquica…”. Pareciera estos derechos son privilegios de los delincuentes y no de las víctimas a las cuales privaron de los mismos. El doble rasero de organizaciones que protegen violentos y reprueban a las autoridades. Claro, en países con gobiernos que no les son afines.
Existen argumentos contra la pena de muerte. Se dice es inhumana, como si no lo fueran los crímenes mencionados. Hay quienes afirman se aplica a grupos específicos, refiriéndose a raza, situación económica o condición mental. ¿Es válido que los asesinos puedan justificarse por sus limitaciones económicas o sociales? Estudiosos refieren que en algunos países se aplica no solo para delitos graves, sino para no letales como tráfico de drogas, robos o asuntos políticos. Claramente, no sería nuestro caso. Otros mencionan no se puede revertir si hay equivocaciones en el juicio, pero en los hechos mencionados el culpable es evidente. La última premisa: no desalienta el crimen, pero no por ello se puede tolerar este tipo de barbarie, además que es inútil intentar rehabilitar a seres brutales como estos violadores y terroristas. La pena de muerte es la respuesta a la magnitud inhumana de su actuación.
El Perú no puede legislar la pena de muerte (pese a que muchos candidatos a la presidencia la ofrecen en sus campañas) por el tratado internacional ‘Convención Americana de Derechos Humanos’ (Pacto de San José de Costa Rica) firmado en 1978 por 25 países (Venezuela y Trinidad Tobago lo abandonaron, Cuba y Estados Unidos no lo firmaron). Nuestra Carta Magna establece (artículos 55, 56, y 57) que los tratados sobre derechos humanos (también, integridad del Estado, Defensa nacional, y obligaciones financieras del Estado) deben ser aprobados por el Congreso antes de ser ratificados por el presidente de la República, y la denuncia de estos es potestad de este último, previa aprobación del Congreso, para lo cual deja de estar en vigor un año después del aviso. Ha llegado la hora de retirarnos de este pacto que se ha convertido en un obstáculo para el buen gobierno y combate a la delincuencia y el terror en el país. Tarde o temprano, países con vocación democrática y de real justicia, lo abandonarán.
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